CONVOCATORIA A ELECCIONES DE CENTROS DE ESTUDIANTES
CONVOCATORIA A ELECCIONES
DE CENTROS DE ESTUDIANTES
El
Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación de Estudiantes de
Secundaria de Bolivia, al amparo del Art. 51 de la Constitución
Política del Estado, el Art. 2 insc. IX de la Ley 070 de Educación
“Avelino Siñani – Elizardo Perez”, la Resolución Ministerial
701/2013, dentro del marco de sus Estatutos Orgánicos, CONVOCA a
TODAS LAS UNIDADES EDUCATIVAS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA a la:
ELECCION
DE CENTROS DE ESTUDIANTES
Que
se regirá por la siguiente convocatoria.
DIFUSION
DE CONVOCATORIA: La presente convocatoria debe ser publicada en
lugares visibles en todas las Unidades Educativas, además será
difundida por medios de comunicación y medios virtuales.
FORMAS
DE ELECCIÓN: Los Centros de Estudiantes podrán conformarse mediante
la elección democrática representativa, la democracia directa
(asamblea) o los usos y costumbres de los pueblos indígena
originario campesinos.
1.-
ELECCIÓN DEMOCRÁTICA REPRESENTATIVA
CONFORMACIÓN
DE COMITES ELECTORALES: En cada colegio se conformará un Comité
Electoral con un estudiante de cada curso, nombrado democráticamente.
Los miembros del Comité Electoral no podrán ser candidatos para
Centro de Estudiantes. El Comité Electoral tiene la responsabilidad
de dirigir el proceso electoral. Los Frentes inscritos podrán
mandar un delegado como observador al Comité Electoral.
INSCRICIÓN
DE FRENTES: Los Frentes podrán inscribirse presentando su formulario
de inscripción con los datos completos del Frente y de sus
candidatos. El Comité Electoral podrá determinar un costo de
inscripción, deberá rendir cuentas de sus ingresos y egresos al
terminar el proceso electoral.
CAMPAÑA
Y DEBATE: Los Frentes podrán realizar campaña electoral hasta el
día del debate. Deberán presentar una rendición de cuentas al
Comité Electoral, indicando todos sus ingresos y egresos, sea en
dinero o especie.
SUFRAGIO:
Se realizará el sufragio de forma simultánea en todas las Unidades
Educativas del país. El Comité Electoral determinará la cantidad
y ubicación de las mesas, según las condiciones de cada
establecimiento. De forma obligatoria deberán utilizar el modelo de
papeleta de votación proporcionado por la CESB. Los Frentes tendrán
derecho a un delegado en cada mesa. Se cerrarán las mesas cuando
todos los estudiantes inscritos hayan sufragado, o pasando la hora
establecida por el Comité Electoral si no existiera estudiante
esperando para votar.
RESULTADOS:
Una vez cerradas todas las mesas, se procederá a un conteo en cada
mesa. El conteo debe ser público. Terminado el conteo por mesa se
realizará un conteo general. El Frente que obtenga la mayoría
simple de los votos será proclamado como ganador. En caso que sólo
un Frente participe será declarado ganador. Terminado el conteo
el Comité Electoral deberá completar el registro virtual de los
resultados de la elección en la página web www.ces-b.blogspot.com
2.-
ELECCIÓN MEDIANTE ASAMBLEA ESTUDIANTIL: Los Centros de Estudiantes
también podrán ser organizadas mediante Asambleas Estudiantiles,
estas asambleas deberán ser convocadas por el Centro de Estudiantes
saliente o los Presidentes de Curso, los mismos designarán al
responsables para presidir la asamblea, redactar el acta y controlar
la asistencia.
Podrán
realizarse únicamente verificando la asistencia del 50% + 1 de los
estudiantes legalmente inscritos.
Podrán
elegir al Centro de Estudiantes mediante planchas o por aclamación,
según el acuerdo de la Asamblea.
Deberán
elaborar el acta de su asamblea y la nómina de asistencia.
3.-
ELECCIONES MEDIANTE USOS Y COSTUMBRES DE LOS PUEBLOS: Los Centros de
Estudiantes podrán conformarse de acuerdo a los usos y costumbres de
los pueblos, deberán adjuntar la documentación correspondiente.
DESCARGA
DE MATERIALES: Los Comités Electorales podrán descargar los
materiales y documentos que necesitarán para el proceso electoral de
la página web www.ces-b.blogspot.com.
También podrán recoger estos materiales de las Federaciones
Departamentales y Regionales.
APELACIONES:
Tendrán un plazo de 72 horas para presentar sus apelaciones mediante
la página web www.ces-b.blogspot.com
Una vez recibidas las apelaciones el Tribunal de Honor de la CESB
procederá según corresponde.
REGISTRO
DE CENTRO DE ESTUDIANTES: Deberán completar el Registro virtual de
Centros de Estudiantes en la página web www.ces-b.blogspot.com
todas las Unidades Educativas para contar con su reconocimiento
correspondiente.
CERTIFICADO
Y CREDENCIALES: Para recibir el Certificado de Reconocimiento y las
Credenciales de Dirigente los colegios deberán cancelar los
siguientes montos en las oficinas de su Federación.
- Colegios Fiscales: 30 Bs.-
- Colegios de Convenio: 40 Bs.-
- Colegios Particulares: 50 Bs.-
POSESION:
La posesión se realizará en cada departamento según cronograma.
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