sábado, 1 de marzo de 2014

CONVOCATORIA A ELECCIONES DE CENTROS DE ESTUDIANTES

CONVOCATORIA A ELECCIONES DE CENTROS DE ESTUDIANTES

El Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación de Estudiantes de Secundaria de Bolivia, al amparo del Art. 51 de la Constitución Política del Estado, el Art. 2 insc. IX de la Ley 070 de Educación “Avelino Siñani – Elizardo Perez”, la Resolución Ministerial 701/2013, dentro del marco de sus Estatutos Orgánicos, CONVOCA a TODAS LAS UNIDADES EDUCATIVAS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA a la:

ELECCION DE CENTROS DE ESTUDIANTES

Que se regirá por la siguiente convocatoria.

DIFUSION DE CONVOCATORIA: La presente convocatoria debe ser publicada en lugares visibles en todas las Unidades Educativas, además será difundida por medios de comunicación y medios virtuales.

FORMAS DE ELECCIÓN: Los Centros de Estudiantes podrán conformarse mediante la elección democrática representativa, la democracia directa (asamblea) o los usos y costumbres de los pueblos indígena originario campesinos.

1.- ELECCIÓN DEMOCRÁTICA REPRESENTATIVA

CONFORMACIÓN DE COMITES ELECTORALES: En cada colegio se conformará un Comité Electoral con un estudiante de cada curso, nombrado democráticamente. Los miembros del Comité Electoral no podrán ser candidatos para Centro de Estudiantes. El Comité Electoral tiene la responsabilidad de dirigir el proceso electoral. Los Frentes inscritos podrán mandar un delegado como observador al Comité Electoral.

INSCRICIÓN DE FRENTES: Los Frentes podrán inscribirse presentando su formulario de inscripción con los datos completos del Frente y de sus candidatos. El Comité Electoral podrá determinar un costo de inscripción, deberá rendir cuentas de sus ingresos y egresos al terminar el proceso electoral.

CAMPAÑA Y DEBATE: Los Frentes podrán realizar campaña electoral hasta el día del debate. Deberán presentar una rendición de cuentas al Comité Electoral, indicando todos sus ingresos y egresos, sea en dinero o especie.

SUFRAGIO: Se realizará el sufragio de forma simultánea en todas las Unidades Educativas del país. El Comité Electoral determinará la cantidad y ubicación de las mesas, según las condiciones de cada establecimiento. De forma obligatoria deberán utilizar el modelo de papeleta de votación proporcionado por la CESB. Los Frentes tendrán derecho a un delegado en cada mesa. Se cerrarán las mesas cuando todos los estudiantes inscritos hayan sufragado, o pasando la hora establecida por el Comité Electoral si no existiera estudiante esperando para votar.

RESULTADOS: Una vez cerradas todas las mesas, se procederá a un conteo en cada mesa. El conteo debe ser público. Terminado el conteo por mesa se realizará un conteo general. El Frente que obtenga la mayoría simple de los votos será proclamado como ganador. En caso que sólo un Frente participe será declarado ganador. Terminado el conteo el Comité Electoral deberá completar el registro virtual de los resultados de la elección en la página web www.ces-b.blogspot.com


2.- ELECCIÓN MEDIANTE ASAMBLEA ESTUDIANTIL: Los Centros de Estudiantes también podrán ser organizadas mediante Asambleas Estudiantiles, estas asambleas deberán ser convocadas por el Centro de Estudiantes saliente o los Presidentes de Curso, los mismos designarán al responsables para presidir la asamblea, redactar el acta y controlar la asistencia.

Podrán realizarse únicamente verificando la asistencia del 50% + 1 de los estudiantes legalmente inscritos.

Podrán elegir al Centro de Estudiantes mediante planchas o por aclamación, según el acuerdo de la Asamblea.

Deberán elaborar el acta de su asamblea y la nómina de asistencia.

3.- ELECCIONES MEDIANTE USOS Y COSTUMBRES DE LOS PUEBLOS: Los Centros de Estudiantes podrán conformarse de acuerdo a los usos y costumbres de los pueblos, deberán adjuntar la documentación correspondiente.

DESCARGA DE MATERIALES: Los Comités Electorales podrán descargar los materiales y documentos que necesitarán para el proceso electoral de la página web www.ces-b.blogspot.com. También podrán recoger estos materiales de las Federaciones Departamentales y Regionales.

APELACIONES: Tendrán un plazo de 72 horas para presentar sus apelaciones mediante la página web www.ces-b.blogspot.com Una vez recibidas las apelaciones el Tribunal de Honor de la CESB procederá según corresponde.

REGISTRO DE CENTRO DE ESTUDIANTES: Deberán completar el Registro virtual de Centros de Estudiantes en la página web www.ces-b.blogspot.com todas las Unidades Educativas para contar con su reconocimiento correspondiente.

CERTIFICADO Y CREDENCIALES: Para recibir el Certificado de Reconocimiento y las Credenciales de Dirigente los colegios deberán cancelar los siguientes montos en las oficinas de su Federación.

  • Colegios Fiscales: 30 Bs.-
  • Colegios de Convenio: 40 Bs.-
  • Colegios Particulares: 50 Bs.-

POSESION: La posesión se realizará en cada departamento según cronograma.


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